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Capítulo 12
La purificación de la mujer después del
parto
12:1 Habló Jehová a Moisés, diciendo:
12:2 Habla a los hijos de Israel y diles: La mujer cuando conciba y
dé a luz varón, será inmunda siete días; conforme
a los días de su menstruación será inmunda.
12:3 Y al octavo día se circuncidará al niño.
12:4 Mas ella permanecerá treinta y tres días purificándose
de su sangre; ninguna cosa santa tocará, ni vendrá al santuario,
hasta cuando sean cumplidos los días de su purificación.
12:5 Y si diere a luz hija, será inmunda dos semanas, conforme
a su separación, y sesenta y seis días estará purificándose
de su sangre.
12:6 Cuando los días de su purificación fueren cumplidos,
por hijo o por hija, traerá un cordero de un año para holocausto,
y un palomino
o una tórtola para expiación, a la puerta del tabernáculo
de reunión, al sacerdote;
12:7 y él los ofrecerá delante de Jehová, y hará
expiación por ella, y será limpia del flujo de su sangre.
Esta es la ley para la que diere a luz hijo o hija.
12:8 Y si no tiene lo suficiente para un cordero, tomará entonces
dos tórtolas o dos palominos, uno para holocausto y otro para expiación;
y el sacerdote hará expiación por ella, y será limpia.
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